Acreditación de Beneficios por Exportación de Vehículos o Autopartes, Dec. 316/992
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¿Que es?
Es la acreditación de beneficios en ciertas obligaciones tributarias, adquiridos por la exportación de vehículos automotores ensamblados en el país, o de partes componentes de los mismos.
¿De quién depende?
Ministerio de Industria, Energía y Minería MIEM
Dirección Nacional de Industrias DNI
División Aplicación de Regímenes Industriales.¿Dónde y cuándo se realiza el trámite?
En Montevideo,
Sarandí 690 D 2do. EPDe lunes a viernes de 09:15 a 14:30 horas.Telf.: 2916 2411 int. 316, 315 y 317Fax: 2916 3651E-mail : dari@dni.miem.gub.uy¿Qué se necesita para realizarlo?
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Inscribir la empresa o persona en la Dirección Nacional de Industrias
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Tener aprobado por la Dirección Nacional de Industrias, un proyecto industrial de producción de un vehículo automotor o de alguna de las partes componentes del mismo
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Completar formulario de acreditación de exportaciones cumplidas.
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Para tener en cuenta:
Costos 0,2 U.R
Lugar de pago: Tesorería del MIEM Rincón 723 1er. PisoForma de solicitarlo En forma personal, por parte del titular o apoderado
Otros datos Duración/entrega:
Tres días
Enviar una consulta a:
Ministerio de Industria, Energía y Minería
A la brevedad nos comunicaremos con usted.
Última actualización: 02/01/2012
Próxima revisión: 30/06/2012
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