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Última actualización: 14/02/2024
Ministerio de Economía y Finanzas - Dirección General de Secretaría

Autorización o cambio de choferes para el traslado de personas con discapacidad

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Se solicita cuando, por agravamiento de la dolencia, el titular de un vehículo de lisiado deja de manejar.

También puede solicitar cambio de chofer autorizado, en la resolución original.

Requisitos

  • Certificado del Servicio Médico de la Intendencia de su domicilio, declarando que no está apto para conducir.
  • Fotocopia de la cédula de identidad y libreta de conducir del chofer o choferes postulados.
  • Constancia de parentesco o afinidad. Cuando se trata de concubinato, deben traer certificado notarial.
  • Llevar copia de todos los documentos presentados en el MEF.

Costos

No tiene costo

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