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Última actualización: 19/10/2021
Ministerio de Economía y Finanzas - Dirección General Impositiva

Modificación de administración y representación de una entidad con contrato en el RUT

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Proceso mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria la modificación respecto de la Administración y Representación del contrato social de sociedades personales.

Corresponde a la modificación de la cláusula de administración y representación del contrato social de sociedades personales.

Requisitos

Formularios:

  • Formulario 0352 “Personas físicas vinculadas” o 0353 “Personas jurídicas vinculadas” según corresponda (en 3 vías), con timbre profesional.
  • Formulario 205 (BPS) “Declaración de Sueldos Fictos” (en 2 vías), excepto contribuyentes rurales, con timbre profesional.

Nota: Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmendaduras (salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración).-Ver Formularios

 

    Administración y representación:

    1. En caso que la administración y representación corresponda a directores, establecer que son los únicos.
    2. En caso de persona jurídica administradora o representante, nombrar a la persona física a través de la cual actuará (art.82 Ley 16.060).
    3. En caso de persona jurídica administradora o representante, será necesario además el control de personería, representación y domicilio fiscal de la misma.
    4. Fecha de la modificación, haciendo referencia al acta o documento privado donde se establece el cambio (documento del que surge el cambio).

    Nota:

    • Se deberá establecer en los formularios correspondientes las altas, bajas y permanencias de los integrantes (y apoderados de corresponder).

    Contrato para uso de servicios en línea con BPS:

    • Contrato: Titular, Representante y usuarios, deben suscribir Contrato Personal para uso de los servicios en línea. En caso que aún no hayan realizado dicho trámite deben gestionar la solicitud a través de Contrato Personal BPS

    Otros datos de interés

    Constancia del trámite:

    • Formulario 6351 (tarjeta de R.U.T.).
    • Formulario 6361 “Confirmación de datos”.
    • Copia sellada de los formularios.

    Plazo:

    • Hasta 30 días corridos a partir de la fecha de modificación.
    • Tener en cuenta que si el pago de aportes al BPS venció antes de ese plazo, la transacción registral generara rectificativas y eventualmente multa.
    Iniciar trámite en línea

    Costos

    No tiene costo

    Vías disponibles para realizar el trámite

    • ¿Qué se necesita?

      Por Internet

      En persona

      Previa agenda web:

      • En el Registro de Contribuyentes y Empresas.
      • Local DGI

      Documentación a presentar:

      • Formulario 6351 (Tarjeta de RUT)
      • 2 fotocopias del documento de identidad de todos los socios
      • Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su cédula de identidad.
      • Original o copia autenticada de la modificación del contrato social y 3 fotocopias.
      • Si la nueva administración involucra a un tercero que no integraba la sociedad, se requiere certificación notarial con 3 copias, conteniendo:
      1. Firmas del socio, administrador o director que ingresa.
      2. Datos personales:
      3. Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
      4. Documento de Identidad (tipo, país de origen y número).
      5. Fecha de nacimiento.
      6. Estado civil.
      7. Nacionalidad.
      8. Mayoría de edad.
      9. Domicilio particular. Si no lo tuviera, deberá establecer un domicilio en el país.
    • ¿Cómo se hace?

      Por Internet

      1. A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATyR, debiendo seleccionar el trámite Modificación contribuyente común BPS-DGI. Esta gestión no requiere etapa presencial.

      Nota: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.

      Iniciar en Línea

      En persona

      1. Concurriendo con la documentación requerida a la oficina correspondiente, con previa agenda.
    • ¿Dónde y cuándo se realiza?

      En Montevideo:

      • En el Registro de Contribuyentes y Empresas.
        • Sarandi 570 – Planta Baja.
      • Local DGI.
        • Fernández Crespo 1534 – Sector RUT Subsuelo.

      En Interior:

      • En las dependencias habilitadas con ‘ventanilla única’ según corresponda al domicilio constituido o en las dependencias de DGI y BPS en ese orden. Ver en Agenda Web Interior DGI lugares que exigen reserva previa.
    • Enlaces relacionados

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