Modificación de titulares de Sociedades Personales con contrato (por cesión de cuota)
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Es el proceso mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria el cambio de titulares de una Sociedad Personal con Contrato, debido a una cesión de cuota.
Requisitos
Plazo:
- Hasta 30 días corridos a partir de la fecha del cambio. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Otros datos de interés
CONSTANCIA DEL TRÁMITE:
- Formulario 6351 Constancia de Inscripción (Tarjeta de RUT.)
- Formulario 6361 Confirmación de Datos.
- Copia sellada de los formularios presentados.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet- Contrato para uso de servicios en linea CON BPS.
- Contrato: Titular, Representante y usuarios, deben suscribir Contrato Personal para uso de los servicios en línea. En caso que aún no hayan realizado dicho trámite deben gestionar la solicitud a través de Contrato Personal BPS.
En personaFormularios:
- Formulario 0352 “Personas físicas vinculadas” y/o 0353 “Personas jurídicas vinculadas” según corresponda (en 3 vías), con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
- Formulario 205 (BPS) “Declaración de Sueldos Fictos” (en 2 vías), excepto contribuyentes rurales, con timbre profesional.
Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmendaduras (salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración).
Ver Formularios (Formularios BPS)
Documentación a presentar:
- Formulario 6351 o 6951 si se emite Web (constancia de inscripción en RUT)
- 2 fotocopias del documento de identidad de los titulares.
- Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su cédula de identidad.
- Certificación notarial y 3 fotocopias certificando:
- Firmas de los socios que ingresan y del Administrador
- Datos individualizantes de los titulares o socios que ingresan:
- Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido
- Documento de Identidad (tipo, país de origen y número)
- Estado civil
- Nacionalidad
- Mayoría de edad
- Domicilio particular.
- Si alguno de los integrantes fuera persona jurídica será necesario el control de personería, representación y domicilio fiscal de dicha entidad vinculada.
- Establecer que son los únicos titulares o socios.
- Administración y representación. En caso de persona jurídica administradora o representante, nombrar a la persona física a través de la cual actuará (art. 82 Ley 16.060).
- Fecha de la modificación, efectuando el control del documento privado con firmas certificadas o escritura pública donde se establece el cambio.
Nota:
- Se deberá establecer en los formularios correspondientes las altas, bajas y permanencias de los integrantes (y apoderados de corresponder).
¿Cómo se hace?
Por InternetIniciar en Línea- A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATyR, debiendo seleccionar el trámite Modificación contribuyente común BPS-DGI. Esta gestión no requiere etapa presencial.
Nota: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS
En persona- Con agenda previa, concurrir con la documentación requerida a la oficina que corresponda
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- En el Registro de Contribuyentes y Empresas.
- Sarandi 570 – Planta Baja.
- Debe reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web BPS.
- Local DGI.
- Fernández Crespo 1534 – Sector RUT Subsuelo.
- Debe reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web DGI.
En el Interior:
- En las dependencias habilitadas con ‘ventanilla única’ según corresponda al domicilio constituido o en las dependencias de DGI y BPS en ese orden. Ver en Agenda Web Interior DGI lugares que exigen reserva previa.
- En el Registro de Contribuyentes y Empresas.
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