Inscripción de imprentas
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Es el proceso mediante el cual las Imprentas cumplen con la obligación formal de inscribirse en la Administración Tributaria, previo al inicio de la actividad económica y que está asociado a la asignación de un número de registro.
Requisitos
- Haber realizado la inscripción en el Registro Único Tributario.
Otros datos de interés
Consulta del trámite:
- Copia sellada del formulario 0351, 0352,0353 ,205.
- Copia sellada del formulario 2/535.
- Formulario “Confirmación de datos” 6361 Formulario “Constancia de inscripción en el registro único tributario“6351.
Nota: Lo mismo rige para el caso de una empresa ya inscripta que anexa o cambia la actividad económica (giro) a imprenta.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por InternetPresencial con previa solicitud por Internet y posterior Agenda Web:
- El formulario 0380 será proporcionado por BPS vía mail una vez que el usuario envió la solicitud.
- Deberá presentarse en 3 vías con un timbre profesional.
- Depende del tipo de entidad de que se trate (Ver en la inscripción de los distintos tipos de entidad).
- Lo mismo rige para el caso de una empresa ya inscripta que anexa o cambia la actividad económica (giro) a imprenta.
Nota:
- Esta modalidad es sólo para contribuyentes con domicilio constituido en Montevideo.
- Debe tener presente que la fecha agendada no sea superior a los plazos establecidos para el trámite.
En personaPrevia Agenda Web:
- Registro de Contribuyentes y Empresas
- Debe reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web.
- Local DGI
- Debe reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web.
Formularios:
- Formulario 0351 “Inscripción y Actualización” en 3 vías, con timbre profesional. El que tendrá que tener obligatoriamente seleccionada la condición Imprenta Autorizada, pudiendo además marcar la condición de Imprenta-web si corresponde. Completar según Instructivo Formulario 0351.
- Formulario 0352 “Personas físicas vinculadas” o 0353 “Personas jurídicas vinculadas” según corresponda (en 3 vías). Completar según Instructivo Formulario 0352 e Instructivo Formulario 0353.
- Formulario 205 de BPS “Declaración de sueldos fictos” (BPS) en 2 vías, si corresponde.
¿Cómo se hace?
Por InternetIniciar en Línea- Ingresando al botón: "Iniciar trámite en línea".
- Una vez aprobada la solicitud deberá concurrir personalmente, reservando previamente día y hora a través del servicio de Agenda Web.
En persona- Presentando la documentación requerida, el día y horario seleccionado.
¿Dónde y cuándo se realiza?
Previa agenda web
En Montevideo:
- Registro de Contribuyentes y Empresas.
- Dirección: Sarandi 570, Subsuelo.
- Local DGI
- Dirección: Fernández Crespo 1534.
- Sector RUT Subsuelo.
En el Interior:
- En las dependencias habilitadas con ‘ventanilla única’ según corresponda al domicilio constituido
- o en las dependencias de DGI y BPS en ese orden.
- Ver en Agenda Web lugares que exigen reserva previa.
- Registro de Contribuyentes y Empresas.
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