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Última actualización: 24/11/2020
Ministerio de Economía y Finanzas - Dirección General de Secretaría

Cesión de derechos y obligaciones de la Unidad Centralizada de Adquisiciones (UCA)

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es un contrato mediante el cual un sujeto de derecho, denominado Cedente (persona física o jurídica), transmite los derechos y obligaciones que tiene respecto a una relación jurídica preexistente, en favor de otro sujeto de derecho, denominado Cesionario, colocándolo en su propio lugar, grado y prelación en la relación jurídica dada.

Requisitos

En todos los casos, deberá presentar de forma obligatoria el Contrato de Cesión de Derechos y Obligaciones con certificación notarial de firmas, que haga referencia a:

  • Número de Llamado y resolución de adjudicación.
  • Número de el/los ítem/s cedidos/s.
  • Que el cesionario conoce y acepta el contenido del pliego de condiciones particulares del Llamado.

Requisitos Particulares:

Para medicamentos, insumos médicos y afines, el cesionario deberá adjuntar de forma obligatoria la siguiente documentación (en la sección “Datos adjuntos del cesionario”):

  • Copia de habilitación funcional vigente del Ministerio de Salud Pública del Departamento que corresponda, para prestar servicios y/o comercializar los productos cedidos o constancia de renovación en trámite.
  • Copia de Certificados de Registro y autorización de venta, vigentes, otorgados por el Ministerio de Salud Pública del Departamento que corresponda, respecto de los productos o servicios cedidos (con identificación del ítem cedido), o copia de la Resolución que apruebe el cambio de representación (para los casos de productos importados con cambio de representación en Uruguay).

En caso de corresponder de acuerdo al producto de que se trate, el cesionario deberá adjuntar también:

  • Certificado de registro de gestión de residuos de envases, con la correspondiente aprobación del plan de gestión de residuos, expedido por la Dirección Nacional de Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, o Certificado Negativo vigente, según corresponda, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Nº 260/007 de fecha 23 de julio de 2007.

En todos los casos, el Cedente y el Cesionario deben encontrarse inscriptos en el Registro Único de Proveedores del Estado (RUPE) de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto N° 155/013 de fecha 21 de mayo de 2013 y estar en situación de Activos

En caso de iniciar el trámite de forma presencial, debe presentarse una nota comunicando la referida Cesión y con el detalle de los documentos que se especifican en párrafos anteriores.

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Costos

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