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Última actualización: 01/03/2024
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - Dirección General de Servicios Agrícolas

Solicitud de inscripción en el registro único de operadores R.U.O

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Registro Único de Operadores (R.U.O.) es una aplicación informática que permite registrar y unificar datos de los usuarios que realizan trámites ante la Direccion General de Servicios Agrícolas (DGSSAA). A la administración le garantiza la representatividad del administrado. Y al administrado le garantiza que solo las personas que él designe actuarán en su representación.

Es un servicio al usuario, desde que en aplicación del Artículo 24 del Decreto 500 op. cit., en cada gestión ante la DGSA, se debe acreditar obligatoriamente su representatividad. Es parte del procedimiento administrativo, en tanto reúne la información que brinda al usuario y a la administración, las garantías del debido proceso, en el caso de que las gestiones no se ajusten a la normativa, y en los posibles procedimientos sancionatorios a que se diere lugar.

Requisitos

  • Tratándose de personas jurídicas, deberá acompañarse con un Certificado Notarial. El Escribano interviniente lo documentará con signo, firma y sello que al momento de su presentación no podrá tener más de un año de expedido.
  • Para esto cada persona jurídica debe acreditar los siguientes datos:
    • El Titular o Representante debe tener cédula de identidad o pasaporte vigentes.
    • Código de identificación de la persona (RUT, Cédula de Identidad o Pasaporte).
    • Denominación de la persona, (Nombres y apellidos o denominación social).
    • Domicilio legal y constituido en el que desea ser notificado, (Artículo 119 del Decreto 500/991 de 27/9/1991).
  • Las personas físicas y empresas unipersonales no necesitan certificación notarial.
  • En ambos casos es requisito imprescindible que el titular se presente personalmente con las fórmulas debidamente completadas. Las empresas unipersonales deben presentar constancia de inscripción en la DGI.
  • Presentar fotocopia de Documento de Identidad.

Costos

La inscripción en el RUO incluye el pago de las tasas correspondientes:

  • Tasa por habilitación de empresa aeroaplicadora 1250 Unidades Indexadas: $7343.
  • Tasa por habilitación de cada equipo de aplicación 250 Unidades Indexadas: $1469.
  • Tasa por habilitación y auditoría de plantas de elaboración de alimentos para animales, plantas formuladoras, plantas elaboradoras de productos fitosanitarios, fertilizantes 1250 Unidades Indexadas.
  • Aquellas que sólo realizan trámites administrativos son 51.13 Unidades Indexadas: $300.
  • Los administrados que pretendan su inscripción desde el interior del país, pueden enviar los recaudos correspondientes por correo certificado. En este caso el pago de las tasas se deberá acreditar incluyendo junto al envío de la documentación, una fotocopia o el recibo del depósito realizado en la cuenta: BROU CC 001558187 - 00077.

Vías disponibles para realizar el trámite

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