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Última actualización: 02/03/2021
Ministerio de Transporte y Obras Públicas - Dirección Nacional de Transporte

Gestión de certificado de necesidad para vehiculos de transporte de pasajeros

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es una solicitud para la expedición de un CERTIFICADO DE NECESIDAD que permite la importación de OMNIBUS, MICRO-ÓMNIBUS y MINI-ÓMNIBUS, directamente presentada por los empresarios nacionales interesados, registrados en la Dirección Nacional de Transporte.

 

 

 

Requisitos

Empresa solicitante registrada en la Dirección Nacional de Transporte, sin adeudos y al día con BPS y DGI.

Documentación a presentar:

  • Factura proforma presentada y firmada exclusivamente por el representante legal de la marca en el país con el siguiente detalle:
    • Número de plano homologado por la Dirección Nacional de Transporte.
    • Marca y modelo de Carrocería.
    • Marca y Modelo de Chasis.
    • Cantidad de asientos.
    • Aire acondicionado S/N.
    • Baño S/N.
  • Nota de la empresa solicitante en la cual exponga:
    • Datos de la empresa (Número de registro ante la Dirección Nacional de Transporte, domicilio, teléfono, correo electrónico).
    • Cantidad de unidades a importar.
    • Marca y modelo del mismo/s.
    • Destino de la unidad.
    • Motivo de la importación: ampliación o sustitución y en este último caso detalle de matrícula y Número de registro.
    • Forma de pago: fondos propio o leasing y en este último caso nombre del Banco.
  • En caso de ser la importación para actividad turística:
    • Si el tipo de vehículo es un ÓMNIBUS o MICRO-ÓMNIBUS la empresa deberá presentar en forma paralela la solicitud correspondiente en el MINISTERIO DE TURISMO. La emisión del Certificado de Necesidad quedará sujeta al Aval del Ministerio de Turismo y del Ministerio de Economía y Finanzas.
    • Si el tipo de vehículo es un MINI-ÓMNIBUS sólamente necesitará el Certificado del Ministerio de Turismo de Registración con la validez correspondiente.
  • En el caso que la importación sea de destino DEPARTAMENTAL deberá además presentar aval favorable de la Intendencia correspondiente.

 

 

 

Otros datos de interés

  • Duración/entrega: Dependiendo del cumplimiento del total de los requisitos el certificado de necesidad se expedirá en un plazo de entre 5 y 10 días hábiles.
  • Vigencia: El documento tiene una validez de 6 meses a partir de la fecha de expedición.
  • Normativa Vigente: Decretos 1010/75, 682/87, 152/85 Artículo 15 Categoría B2 y para mini-ómnibus Decreto 120/013.

 

 

Iniciar trámite en línea

Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    Solo Agenda:

    1. Agendarse para Montevideo ingresando al botón "Iniciar trámite en línea".

     

    Iniciar en Línea

    En persona

    1. Agendarse previamente "en línea".
    2. Se presenta la solicitud de Certificado de Necesidad en la oficina correspondiente.

     

     

     

  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    En Montevideo:

    • Mesa de Entrada  Unificada
    • Dirección: Rincón 575, Planta Baja.
    • Teléfono de contacto: 2916 3147 – 2916 7522 .
    • Email: dnt.pasajeros@mtop.gub.uy.

     

     

     

     

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