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Última actualización: 27/11/2020
Ministerio de Industria, Energía y Minería - Autoridad Reguladora Nacional en Radioprotección

Autorización para el ingreso de equipos generadores de radiaciones ionizantes

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es la solicitud de autorización para el ingreso al país de equipos generadores de radiaciones ionizantes, ya sea bajo el régimen de tránsito o de importación definitiva. La misma se debe realizar cumplimentándose el formulario correspondiente cada vez que se requiera el ingreso al país de un equipo de estas características.

Requisitos

  • La institución o empresa solicitante deberá estar previamente licenciada por la ARNR.
  • También deberá estar registrada en VUCE.
  • Completar el formulario en línea.
  • Enviarlo junto con las especificaciones técnicas del equipo.

Otros datos de interés

  • Duración/entrega: 7 días hábiles.
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Costos

No tiene costo

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