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Última actualización: 24/07/2023
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social - Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social

Registro de planilla de trabajo para nuevas empresas afiliadas a cajas paraestatales - Decreto 279/017

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es el trámite de solicitud de registro de la Planilla de Control de Trabajo (es el documento de contralor de trabajo) ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Debe registrar la mencionada planilla, todo aquel empleador, que tenga trabajadores en régimen de dependencia incluidos en el ámbito de afiliación de la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias (Ley N° 18.396 de 24 de octubre de 2008 y modificativas), la Caja Notarial de Seguridad Social (Ley N° 17.437 de 20 de diciembre de 2001 y modificativas) y/o de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios (Ley N° 17.738 de 7 de enero de 2004 y modificativas).

Importante: No deberán registrar este documento (Planilla de Control de Trabajo) aquellos empleadores cuyos trabajadores se encuentren afiliados al Banco de Previsión Social, debiendo en este último caso seguir el procedimiento establecido por el Decreto 278/017 referente a la Planilla de Trabajo Unificada.

Requisitos

  1. Contar con usuario del Sistema de Presentación y Seguimiento de Planillas de Control de Trabajo (Venetus).
  2. Las empresas deberán incorporar a la Planilla de Control de Trabajo a los trabajadores, el día que ingresan.

Otros datos de interés

  • Las infracciones al Decreto 279/017 serán sancionadas de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 289 de la ley N° 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada por el artículo 412 de la ley N° 16.736 de 5 de enero de 1996.
Iniciar trámite en línea

Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. Ingresar al botón: "Iniciar trámite en línea" - Venetus.
    2. Se crea empresa y se carga la información correspondiente.
    3. Guardar, hacer clic en presentar y elegir causal N.
    4. Hacer clic en Presentar.
    5. Recibirá un mensaje de confirmación de la presentación de la planilla.
    6. Luego de procesada la planilla, se le enviará otro mail indicando la documentación a presentar (si estuviera correcto) o las correcciones a realizar.  

    Por información de cómo ingresar la información, ver Guía de usuario. Puede realizar consultas en el foro de Venetus.

    Iniciar en Línea
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    Consultas: 

    • Oficina: Centro de Atención Ciudadana - Montevideo

    • Dirección: Juncal 1511 (entre Ciudadela y Rincón).

    • Dirección: Juncal 1511/1517 Planta baja
    • Horario:  de lunes a viernes de 9:00 a 16:00 hs.
    • Correo electrónico: nuevaplanilla@mtss.gub.uy

    En el Interior:

    • Oficina: Oficinas de Trabajo de cada localidad
    • Horario: lunes a viernes de 9:00 a 15:00 hs
    • Correo electrónico: dinacoin@mtss.gub.uy

    Consulta telefónica:

    • Todo el País: 08007171

     

  • Enlaces relacionados

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