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Última actualización: 29/03/2023
Ministerio de Defensa Nacional - Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas

Pensión - concubinas de integrantes de las FFAA

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es el derecho que adquieren determinados causahabientes de los integrantes de las Fuerzas Armadas con un fin de Previsión Social por el cual se otorga una asignación mensual. 

De acuerdo a la norma en vigencia Ley 19695

 

Requisitos

    • Partida de defunción del causante (Original).
    • Presentar declaración Judicial de Concubinato o Constancia de inicio de trámite, pudiéndose adjuntar con posterioridad al inicio de la Solicitud.
    • Cédula de Identidad Causante (Original y Fotocopia).
    • Cédula de Identidad Solicitante (Original y Fotocopia).
    • Formulario 101 Versión 08.2022.
    • Declaración Jurada Versión 02.2023 de ingresos.
    • Documentación que respalde los ingresos personales percibidos por el solicitante. 
    • En caso de poseer cuenta bancaria, constancia de la misma expedida por el Banco (Adhesión Bancaria).

     

    Otros datos de interés

    • Por razones ajenas al SRPFFAA los trámites en línea se encuentran inhabilitados.
    • No tiene plazo de caducidad para solicitar.
    • Si se solicita dentro de los 180 días a partir de la fecha de fallecimiento del causante, se liquidarán los haberes desde el día siguiente  a dicha fecha. En caso de realizar la gestión ya transcurrido el plazo mencionado, se liquidará a partir de la fecha de solicitud.  Artículo 71 de la Ley N° 19695 .

    Partidas Expedidas:

    En casos excepcionales y a los efectos de probar el derecho correspondiente, los Departamentos técnicos y/o Asesorías podrán solicitar otros datos y/o documentación probatoria.

    • Debe presentarse con la documentación solicitada en:
      • S.R.P.FF.AA.  (Montevideo).
      • Asociación o Centro de Retirados, Unidades Militares de su localidad (Interior).

    Costos

    No tiene costo

    Vías disponibles para realizar el trámite

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    A través de este medio únicamente se realizan consultas, no se realizan trámites

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