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Última actualización: 15/03/2024
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - Dirección Nacional de Recursos Naturales

Reclamación de índice de productividad (Índice CONEAT) o de grupos de suelos CONEAT

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

La ley 13.695 (Artículos 65 al 68) del 24 de octubre de 1968 creó la Comisión Nacional de Estudio Agronómico de la Tierra (CO.N.E.A.T.) y estableció como su principal cometido el definir las normas técnicas para fijar la capacidad productiva de cada inmueble rural y el promedio del país. Los grupos CONEAT no son estrictamente unidades cartográficas básicas de suelo, sino que constituyen áreas homogéneas, definidas por su capacidad productiva en términos de carne bovina, ovina y lana en pie (Artículo 65 de la Ley mencionada). Esta capacidad se expresa por un índice relativo a la capacidad productiva media del país, a la que corresponde el índice 100. Para cada grupo se indican el relieve, material generador, los suelos que lo componen y el uso entre otras características. La nomenclatura de los grupos CONEAT se correlaciona con las Zonas de Uso y Manejo de los Suelos del Uruguay (Comisión de Inversiones y Desarrollo Económico (CIDE), 1967).

El Índice de Productividad (Índice CONEAT) de cada Padrón se obtiene del promedio ponderado de los Índices de los Grupos de Suelos que componen el Padrón más un porcentaje de afectación por incidencia del flete a la salida del puerto de Montevideo.

Este trámite implica la revisión del Índice de Productividad (Índice CONEAT) o de los Grupos de suelos CONEAT que contiene un determinado padrón. 

Requisitos

  • Carta de solicitud con la información del peticionante, datos del (los) padrón (es) (número, sección judicial y departamento) y una descripción de lo que reclama. En caso de delegar el trámite en otra persona, agregar la autorización con los datos de quien lo represente.
  • Información que acredite titularidad (fotocopia de: recibo de contribución, planos registrados con firma y sello de catastro, cédula catastral firmada y sellada por la DNC, o títulos). Documentos de la persona que representa al interesado: Excepción al Decreto 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente.
  • Fotografía aérea o fotocopia laser de la misma (a escala 1:20.000), obtenida en el Servicio Geográfico Militar Donde se deberán marcar los grupos de suelos CONEAT que se considerarían correctos y los puntos control tomados en el campo.
  • Fundamentación técnica que justifique el pretendido cambio:
    • Informe de Suelos.
    • Fotos de los suelos y del paisaje, descripción de la geoforma del sitio y de la zona, rocosidad, pedregosidad, etc.
    • Planillas de descripción de suelos.
    • Planillas de datos analíticos (si disponen de la información).
    • Capas de puntos (sitios donde se describieron los suelos) y de polígonos (unidades de grupos de suelos CONEAT) en formato shp. Si disponen de la información. En caso contrario deberán estar marcados en la fotografía aérea.
  • La fundamentación técnica deberá ser firmada por Ingeniero Agrónomo y llevar el correspondiente timbre profesional.

Recuerde que no se realizan modificaciones en la Cartografía de Suelos CONEAT por diferencias en las escalas de trabajo.

Otros datos de interés

Próximamente, según lo que decida la Comisión CONEAT, este trámite puede presentar un costo, además del Timbre profesional.

Iniciar trámite en línea

Costos

Timbre profesional para Informe Técnico:

  • $570 (01-01-2024 al 30-06-2024)
  • $590 (01-07-2024 al 31-12-2024)

En caso de realizar la solicitud vía web, el solicitante podrá realizar el pago del Timbre Profesional a través de la pasarela de pagos (en línea).

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    • Tener en cuenta que se deberá adjuntar archivos en formato PDF de la documentación solicitada.

    En persona

  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. Ingresando en el botón "Iniciar trámite en línea".
    2. Acceder con su usuario o medio de identificación electrónica. 
    3. Se ingresan los datos solicitados en el formulario web. Posteriormente, el solicitante completa el formulario electrónico. No presenta Nota de solicitud.
    4. A tener en cuenta: si la solicitud se realiza a través del canal "En línea", el trámite quedará gestionado a nombre de quien lo inició.
    Iniciar en Línea

    En persona

    1. Se deberá presentar la documentación del padrón con copia de la nota de solicitud, indicando un Número de teléfono del solicitante.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    Montevideo

    • Dirección: Avenida Garzón 456
    • Horario: de lunes a viernes de 09:30 a 15:00 horas.
    • Teléfono: 2306 4280.

    Interior

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