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Última actualización: 24/11/2020
Ministerio de Defensa Nacional - Comando General de la Armada

Solicitud de retiro de motor de las embarcaciones

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es el trámite por el cual se le permite quitar de la Embarcación el Motor que se encuentra registrado.

Requisitos

  • Formulario de trámite de 1 U.R que se puede adquirir en el Comando General de la Armada en Montevideo o en las respectivas Unidades del interior del país donde se realice el trámite .U.R. y que deberá completar el solicitante
  • Original de la Matrícula

El Formulario en UR NO debe ser comprado hasta que el funcionario se lo indique.

Otros datos de interés

Tanto para iniciar el trámite como para retirar el resultado del mismo, debe presentarse el titular (dueño) de la embarcación, en caso de no poder hacerlo quien realice el trámite debe presentar Carta Poder certificada por escribano público autorizando a la persona a realizarlo y cédula de identidad.

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    En persona

  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. Ingresar al botón "Iniciar trámite en línea"
    2. Acceder con usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica.
    3. Completar el formulario web y adjuntar la documentación solicitada en los formatos permitidos.
    Iniciar en Línea

    En persona

    1. Presentarse personalmente con la documentación ya detallada.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    • En Montevideo:
      • Edificio del Comando General de la Armada.
      • Dirección Registral y de Marina Mercante.
      • Dirección: Rambla 25 de Agosto de 1825 S/N Esquina Maciel piso 1.
      • Horario de atención: de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas.
    • En el interior del país:
      • Consultar en dependencia.

     

     

     

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