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Última actualización: 04/03/2024
Ministerio de Salud Pública - Dirección General de la Salud

Habilitación de establecimientos de óptica, importadores y talleres

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es el trámite obligatorio que habilita a su empresa para el trabajo y comercialización en el rubro de óptica.

Requisitos

Requisitos generales para la habilitación de trámites en el Sector Óptico:

  • Nota de solicitud de habilitación dirigida al Sr/a. Ministro.
  • Nota de aceptación del Técnico Director responsable, registrado en el MSP (adjuntar copia de titulo del Técnico Óptico)
  • Certificado Notarial detallando: titularidad del establecimiento comercial, totalidad de los datos sociales o de la empresa unipersonal, objeto social (sociedades tal cual surge del contrato social o estatutos), giro para las unipersonales, representación legal y/o contractual, vigencia, domicilio fiscal y constituido, RUT, BPS, integración y administración actual, inscripciones y todo dato que el profesional interviniente entienda, e inscripción de nombre de fantasía en el BPS.
  • Planilla del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
  • Carne de Salud del personal de la empresa.
  • Completar el FO-11012-001  Formulario para Citaciones y Notificaciones Electrónicas del Departamento Administración Documental.

Requisitos específico para la habilitación de Casas de Ópticas y Talleres:

  • Certificado final de Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos.
  • Certificado final Habilitación de la Intendencia Municipal.
  • Plano del local a habilitar firmado por Arquitecto o Ingeniero Civil con timbre profesional, identificando Áreas de Servicios.
  • Taller instalado en funcionamiento.
  • Gabinete de contactología completo en caso de prestar el servicio.

Requisitos especifico para la habilitación de empresas importadoras de artículos ópticos:

  • Certificado Control de Plagas del depósito de la empresa.

Ver listado de:

Otros datos de interés

  • La solicitud de importación de artículos ópticos, de aquellas empresas que ya se encuentren registradas, debera ser presentada por la Ventanilla Unica de Comercio Exterior (VUCE).
  • Todos los certificados relacionados con estas solicitudes serán emitidos por VUCE.
Iniciar trámite en línea

Costos

  • Los aranceles se abonan en moneda nacional y se calcula en base a los metros cuadrados a habilitar y a la cantidad de Recursos Humanos en la habilitación de Casas de Ópticas y Talleres.
  • En caso de Importadores de artículos ópticos se abonara 1 UR por tipo de artículo a importar.
  • Se puede abonar en el Ministerio de Salud Pública - Tesorería o en las Direcciones Departamentales de Salud del interior.
  • Correo de Tesorería: tesoreria@msp.gub.uy

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    • Requerirá subir los archivos de la documentación solicitada en formato pdf, con un máximo de 5 MB.

    En persona

  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. Ingresar al botón "Iniciar Trámite en Línea".
    2. Acceder con usuario o identificación electrónica. 
    3. Completar con los datos solicitados en el formulario web.
    Iniciar en Línea

    En persona

          En Montevideo:

          1. Concurrir con la documentación solicitada. 

          En el Interior:

          1. Concurrir a las Direcciones Departamentales de Salud.
        • ¿Dónde y cuándo se realiza?

          En Montevideo:

          • Departamento de Administración Documental
          • Dirección: Avenida 18 de Julio 1892 - Oficina 02.
          • Teléfono: 1934 Int. 5041. 

          En el Interior del País:

          Consultas técnicas:

        • Enlaces relacionados

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