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Última actualización: 28/09/2023
Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua

Inscripción o modificación al Registro de Puestos de venta de combustibles líquidos (excepto GLP)

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es el Registro de Puestos de Venta de Combustibles Líquidos derivados del petróleo,con excepción del GLP, en el que se inscribirán aquellas instalaciones destinadas al almacenamiento y comercialización de combustibles derivados del petróleo con excepción del Gas Licuado de Petróleo (GLP).

Requisitos

  • Deberá estar registrada en el Registro de Regulados.
  • Es obligación de los puestos de ventas mantener actualizada la información ingresada en ambos registros. 

 

     

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