Contribución para Lentes Comunes
Última actualización: 26/11/2018 - Próxima actualización: 25/05/2019Los organismos de la Administración Central no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados (Decreto N° 177/013).
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¿Qué es?
Es una prestación económica para aquellos beneficiarios que, según prescripción médica, necesitan lentes de cristales de cerca, lejos o bifocales.
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¿De quién depende?
- Banco de Previsión Social (BPS)
- Banco de Previsión Social
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¿Dónde y cuándo se realiza el trámite?
Presencial:
Montevideo
- Los titulares beneficiarios podrán realizar el trámite directamente en las ópticas habilitadas por BPS
- En caso de tramites con poder para lentes puede realizarlo en las siguientes oficinas:
- Oficinas centrales sector C, edificio nuevo, Mercedes 1950, subsuelo 1.
- Sucursal Belvedere: Juan Pandiani 26
- Sucursal Unión: 8 de Octubre 3914
- Sucursal Cerro: Japón 1713
- Sucursal Colón: Av. Eugenio Garzón 2014
- Sucursal Sayago: Camino Ariel 4799
Deberá agendarse a través del servicio de Agenda Web o llamando al 1997 o 21997 desde el interior del país, de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 h.
Interior del país:
En Unidades descentralizadas de BPS según corresponda. Consulte la disponibilidad del servicio Agenda Web en su localidad.
Consultas
Puede llamar al 1997 o 21997 desde el interior del país, de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 h, o contactarnos vía e-mail.
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¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos generales
- Cédula de identidad vigente y en buen estado.
- Receta médica en buen estado con:
- Fecha de expedición menor a 60 días.
- Nombre completo y CI del beneficiario.
- Firma y aclaración de firma del profesional y número de registro en Caja Profesional.
- Timbre Profesional para lentes comunes. Las recetas expedidas por ASSE u Hospital de Clínicas, no requieren timbre profesional.
En caso de trámites por poder notarial, deberá concurrir el apoderado con el poder, cédula de identidad y fotocopias de CI de ambos.
En caso de trámites por Poder para lentes
- El Poder para lentes deberá presentarse en dos vías, debidamente firmadas.
- Deberá presentar cédulas de identidad de ambas personas y fotocopias.
- Ante la posibilidad que el parentesco no esté registrado en nuestra base de datos, deberá aportar la documentación que lo compruebe (libreta de matrimonio o partida de nacimiento).
A tener en cuenta:
- No se admitirán órdenes, facturas o recibos de ópticas de plaza aunque vengan con la firma del oftalmólogo.
- Lentes comunes de lejos y de cerca podrán especificarse en una única receta. Si se solicita algo especial, deberá constar claramente en la receta del médico tratante.
- En el caso de tratarse de una renovación anticipada (menor a 2 años) y siempre que haya aumentado la graduación en al menos un 15%, el trámite debe realizarse en BPS, aportando la receta actual y la anterior. Deberá pedir día y hora para Consultorio Médico, llamando al 1997 o al 21997 desde el interior del país de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 h.
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¿Cómo se hace?
Presencial
En las opticas habilitadas
- Concurrir a la optica seleccionada del listado de opticas habilitadas.
- Presentar la dpcumentación requerida.
Para trámites con poder para lentes
- Agendar día y hora.
- Concurrir a la oficina de su preferencia.
- Presentar la documentación requerida.
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Tener en cuenta:
- Costo:
- No tiene.
- Costo:
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Vínculos de interés
Por consultas sobre información de Trámites y Servicios del Estado podés dirigirte a nuestros canales de Atención a la Ciudadanía.