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Última actualización: 28/12/2021
Ministerio de Economía y Finanzas - Contaduría General de la Nación

Levantamiento de Embargo Trabado por el SGA

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Se realiza cuando un inquilino o un propietario ha sido embargado por el SGA por deudas impagas.

Una vez realizado el pago de la totalidad de la deuda, se le entregará el escrito de levantamiento de embargo para que lo presente en el Juzgado.

O se le entrega el oficio para presentar en el Registro de Embargos.

Requisitos

  • Enviar un correo a deudoressga@cgn.gub.uy con datos de cédula de identidad, nombre y apellido; para consultar el monto a pagar y el procedimiento a seguir.

Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Cómo se hace?

    En persona

    1. Enviar un correo a deudoressga@cgn.gub.uy con datos de cédula de identidad, nombre y apellido; para consultar el monto a pagar y el procedimiento a seguir.

     

  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    En Montevideo:

    • Servicio de Garantía de Alquileres (SGA).
      • Dirección: Misiones 1423 esquina Rincón
      • Horario de atención: de lunes a viernes de 09:30 hs. a 15:45 horas.
      • Atención telefónica: 0800 8765

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