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Última actualización: 14/11/2023
Instituto del Niño y el Adolescente del Uruguay

Denuncias ante espectáculos públicos

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Protección y Promoción de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes en los Medios de Comunicación (Radiodifusión – Televisión – Revistas, Publicaciones y Periódicos – Redes Sociales y Nuevas Tecnologías).

En la actualidad todos somos conscientes de la importancia de los medios de comunicación en la vida de las personas y especialmente en los años de formación, durante la niñez y la adolescencia. En nuestro país existe el Horario de Protección a la Infancia y Adolescencia en los Medios de Comunicación que comprende radiodifusión y televisión y va desde las 06:00 a las 22:00 horas, según la Ley 19307 

 

Requisitos

  • No tiene requisitos previos.

Otros datos de interés

Las temáticas a observar y/o denunciar son las siguientes:

En el horario anteriormente dicho (de 06:00 a 22:00 horas) debe evitarse la exhibición de programas que promuevan actitudes o conductas violentas, morbosas, delictivas, discriminatorias o pornográficas, o fomenten los juegos de azar o las apuestas.

La programación emitida durante el horario de protección a niños, niñas y adolescentes no deberá incluir:

  1. Imágenes con violencia excesiva, entendida como violencia explícita utilizada de forma desmesurada o reiterada, en especial si tiene resultados manifiestos de lesiones y muerte de personas y otros seres vivos (asesinatos, torturas, violaciones, suicidios o mutilaciones).
  2. Truculencia, entendida como la presentación de conductas ostensiblemente crueles o que exalten la crueldad, o que abusen del sufrimiento, del pánico o del terror, o que exhiban cadáveres o resultados de crímenes en forma abierta y detallada.
  3. Apología, exaltación o incitación de la violencia y las conductas violentas, del delito o las conductas delictivas.
  4. Pornografía, entendida como la exhibición de materiales, imágenes o sonidos de actos sexuales, o sus reproducciones, con el fin de provocar la excitación sexual del receptor.
  5. Exhibición de escenas con actos sexuales explícitos, obscenos o degradantes, o de elementos de prácticas sadomasoquistas.
  6. Apología, exaltación o incitación a la pornografía, la explotación sexual o los delitos sexuales.
  7. Exhibición de consumo explícito y abusivo de drogas legales e ilegales.
  8. Apología, exaltación o incitación al consumo de drogas o al narcotráfico.
  9. Presentación como exitosas o positivas a las personas o a los personajes adictos a drogas o que participan del narcotráfico.
  10. Contenidos que hagan apología, promuevan o inciten a actos o conductas discriminatorias o racistas.

En programas informativos, cuando se trate de situaciones de notorio interés público, excepcionalmente podrán incluirse imágenes de violencia excesiva como las definidas en el literal A) incluyendo avisos explícitos para prevenir la exposición del público infantil a estas.

Los programas no aptos para todo público deberán estar debidamente señalizados con signos visuales y sonoros al comienzo y durante su transmisión, y se deberá asegurar que los servicios interactivos, tales como las guías electrónicas de programas, incluyan la información que advierta de manera suficiente y veraz del contenido del programa a efectos de la protección de niños, niñas o adolescentes.

Iniciar trámite en línea

Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. Ingresando en el botón "Iniciar en línea".
    2. Completar los datos del Formulario de Denuncias de Línea Azul (ya que algunos de los motivos que allí aparecen descritos son la venta de alcohol a menores de edad, medios de comunicación/horario de protección del menor y redes sociales. Estas actividades son controladas por Espectáculos Públicos).
    3. Enviar.
    Iniciar en Línea

    Por teléfono

    1. Comunicarse al 0800 5050.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    El trámite se realiza en línea o vía telefónica.

    Puede realizar consultas a través del siguiente mail: denunciasespectaculospublicos@inau.gub.uy

  • Enlaces relacionados

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