Sitio oficial de la República Oriental del Uruguay
Última actualización: 16/01/2024
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - Dirección General de Servicios Agrícolas

Importación de inoculantes no rizobianos

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Trámite obligatorio para ingreso al territorio nacional de inoculantes no rizobianos importados con registro vigente.

Requisitos

  • Los usuarios del sistema (importadores) deben estar registrados en el Registro Único de Operadores (RUO) como importadores, y declarar la lista de firmas autorizadas a importar el producto, además de registrar los depósitos donde almacenará el producto (y donde se realizarán las extracciones de muestras). Estos lugares denominados en el sistema como “Bases de Operación” serán habilitados por la Dirección General de Servicios Agrícolas (DGSSAA) previamente a su uso.
  • Registro vigente del producto a importar.
  • Solicitud de importación Formulario 284.

 

Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

Los campos indicados con * son obligatorios

Enviar una consulta

A través de este medio únicamente se realizan consultas, no se realizan trámites

CAPTCHA
3 + 13 =
Resuelve este simple problema matemático y presiona enter. Ej: para 1+3 enter 4
Esta pregunta es para comprobar si usted es un visitante humano y prevenir envíos de spam automatizado.