Solicitud y modificación de puntos de señalización
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23En cumplimiento del Decreto 353/023 de fecha 9 de noviembre de 2023 se le informa, que URSEC no solicita ningún requisito que se encuentre disponible en la Plataforma de Interoperabilidad (PDI); solicitándose los mismos a la administración correspondiente.
Es la solicitud de puntos de señalización para las redes públicas de telecomunicaciones por parte de los prestadores. También se incluye la modificación y desocupación de los mismos de acuerdo al Plan Nacional de Señalización (PNS).
¿Quiénes deben efectuarla?
- Todos los prestadores de servicios de telecomunicaciones que cuenten con redes de señalización por canal común dentro del territorio nacional podrán solicitar CPSN.
- Todos los prestadores de servicios de telecomunicaciones que cuenten con redes de señalización por canal común dentro del territorio nacional y con licencia para operar el servicio telefónico de larga distancia internacional o que la operación eficiente del servicio autorizado requiera de su utilización, podrán solicitar CPSI.
Requisitos
- Estar Registrado en URSEC. El registro se hace a través del trámite: Registro de personas y empresas (incluye constitución de domicilio electrónico)
- Nota de solicitud de acuerdo a lo indicado en el PNS (Puntos 4.2, 4.3 y 4.4) firmada por el titular o representante debidamente acreditado en URSEC.
- Proyecto técnico con la información en el formato solicitado.
Otros datos de interés
- Carácter de la información:
- Información entregada es clasificada como confidencial al amparo del régimen jurídico vigente.
- Periodicidad:
- Se debe actualizar cada vez que haya modificaciones en la infraestructura de telecomunicaciones que fuera comunicada.
- Resolución:
- Deberá esperar la resolución de la URSEC. (y/o solicitud de aclaración de la información brindada).
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por InternetContar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
- Contar con la documentación solicitada.
Navegador requerido:
- Chrome versión 52 o posterior.
- Mozilla Firefox versión 7 o superior.
- Internet Explorer 11 o superior.
En persona- Presentarse en oficinas de URSEC persona autorizada en el Registro de Personas y empresas de URSEC, previa agenda, para realizar el trámite en línea asistido por un funcionario.
¿Cómo se hace?
Por InternetIniciar en Línea- Se accede a través del botón "Iniciar Trámite en Línea".
- Acceder al trámite ingresando con su usuario o identificación electrónica.
- Se ingresan los datos solicitados en el formulario web.
Consultas sobre como realizar el trámite:
- Número de WhatsApp 091671177
Otras consultas:
En persona- Con asistencia en la sede de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (Avenida Uruguay 988) agendándose previamente
- Presentándose con la documentación solicitada.
- La documentación será evaluada por el organismo.
¿Dónde y cuándo se realiza?
Ver listado de direcciones- Montevideo
- Dirección: Avda. Uruguay 988
- Horario: De lunes a viernes de 9:15 a 15:15.
- Teléfono: +598 2902 8082 – 0800-1872
- Montevideo
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