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Última actualización: 22/02/2023
Ministerio de Defensa Nacional - Dirección General de los Servicios de las Fuerzas Armadas

Solicitud de apoyo económico para lentillas intraoculares y sustancia viscoelástica

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Se trata de un derecho que poseen todos los aportantes al F.E.T.S. (Fondo Especial de Tutela Social), sus hijos menores de 21 años o mayores declarados judicialmente incapaces.

Requisitos

  • Solicitud (nota, carta) de apoyo del aportante:
    • Si está en actividad, dirigida por Oficio al Señor Director del S.T.S.
    • Si está retirado, en forma directa al Señor Director del S.T.S.
  • Informe del médico del H.C.FF.AA. con diagnóstico y recomendación de uso de lentilla intraocular y sustancia viscoelástica, avalado por la Sub-Dirección Técnica del H.C.FF.AA. En el interior del país se solicita el aval del CAP regional o del Jefe del Servicio Sanitario de la Unidad correspondiente.
  • Ficha social anexando último recibo de cobro (y otros ingresos) y comprobantes de egresos (UTE, OSE, ANTEL).
  • Tres presupuestos de lentilla intraocular y sustancia viscoelástica, de firmas de plaza en pesos uruguayos.
  • Para hijos acreditar filiación presentando partida de matrimonio del titular y partida de nacimiento del menor.
Iniciar trámite en línea

Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    En persona

  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. Ingresar en el botón “Iniciar trámite en línea”.
    2. Acceder al trámite ingresando con su usuario gub.uy o con otro medio de identificación electrónica.
    3. Completar los datos requeridos en el formulario web.
    4. Se presenta personalmente con los originales de la documentación solicitada.
    5. Luego de ingresada la solicitud los funcionarios administrativos de Servicio Social verifican que esté todo correcto y que no falte documentación.
    6. El expediente pasa a Jurídica para revisión de documentación y análisis de solicitud.
    7. En caso de corresponder el beneficio se realiza el informe y se pasa a Secretaría para completar resolución.
    8. Una vez firmada la resolución, pasa al pago y se notifica al solicitante para que concurra a firmar la resolución.
    9. Se entrega el beneficio.
    Iniciar en Línea

    En persona

    1. El titular deberá presentarse personalmente en el Servicio y solicitar número para ser atendido.
    2. Presentar toda la documentación solicitada.
    3. Luego de ingresada la solicitud los funcionarios administrativos de Servicio Social verifican que esté todo correcto y que no falte documentación.
    4. El expediente pasa a Jurídica para revisión de documentación y análisis de solicitud.
    5. En caso de corresponder el beneficio se realiza el informe y se pasa a Secretaría para completar resolución.
    6. Una vez firmada la resolución, pasa al pago y se notifica al solicitante para que concurra a firmar la resolución.
    7. Se entrega el beneficio

     

    1. ¿Dónde y cuándo se realiza?

      En Montevideo:

      • Dirección: Convención 1332 esquina Avenida 18 de Julio.
      • Teléfonos: 2900 2631 - 2900 2485 y 2900 2472 interno 213 y 214.
      • Días  de atención: Lunes, martes, jueves y viernes.
      • Horarios 09:00 a 12:00 horas.

       

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