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Última actualización: 20/03/2023
Ministerio de Defensa Nacional - Comando General de la Armada

Solicitud de cese de bandera para embarcaciones no deportivas menores a 6 TRB

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Eliminar de los registros nacionales la matrícula de una embarcación menor a 6 toneladas de registro bruto destinada a actividades distintas a la deportiva.

Requisitos

  • En todos los casos: comprar un Formulario de Trámite 3 U.R. que se puede adquirir en el Comando General de la Armada en Montevideo o en las respectivas Unidades del interior del país donde se realice el trámite U.R. y que deberá completar el solicitante.

Para la Actividad "PESCA ARTESANAL":

  • Quien solicita el cese debe ser el propietario de la misma.
  • Certificado de Matrícula original.
  • Certificado de libre de deudas ante DGI.
  • Certificado de libre de deudas ante BPS.
  • Certificado de Navegabilidad original.
  • Libre de embargo.
  • Libre proceso aduanero.

Para la Actividad "TRÁFICO":

  • Quien solicita el cese debe ser el propietario de la misma.
  • Certificado de Matrícula original.
  • Certificado de libre de deudas ante DGI.
  • Certificado de libre de deudas ante BPS.
  • Certificado de Navegabilidad original.
  • Libre de embargo.
  • Libre proceso aduanero.

Para los "PONTONES":

  • Quien solicita el cese debe ser el propietario de la misma.
  • Certificado de Matrícula original.
  • Certificado de libre de deudas ante DGI.
  • Certificado de libre de deudas ante BPS.
  • Certificado de Navegabilidad original.
  • Libre de embargo.
  • Libre proceso aduanero.

Otros datos de interés

Tanto para iniciar el trámite como para retirar el resultado del mismo, debe presentarse:

  • El titular (dueño) de la embarcación, en caso de no poder hacerlo, quien realice el trámite deberá presentar Carta Poder certificada por escribano público autorizando a la persona a realizarlo y cédula de identidad.
  • Si el titular es una persona jurídica (empresa, organismo público, etc), deberá presentar un certificado notarial de personería, así como una Carta Poder autorizando a aquellos que la representan.

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    En persona

  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. Ingresar al botón "Iniciar trámite en línea".
    2. Acceder con usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica.
    3. Completar el formulario web y adjuntar la documentación solicitada en los formatos permitidos.

     

    Iniciar en Línea

    En persona

    1. Presentarse personalmente con la documentación ya detallada en la oficina correspondiente.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    En Montevideo:

    • Edificio del Comando General de la Armada.
    • Dirección Registral y de Marina Mercante.
    • Dirección: Rambla 25 de Agosto de 1825 S/N  Esquina Maciel piso 1.
    • Horario de atención: lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas.

    En el interior del país:

    • El trámite puede ser iniciado ante cualquier Prefectura o SubPrefectura del país.

     

     

  • Enlaces relacionados

  • Enlaces de descarga

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