Solicitud Exoneración de Impuesto al Baldío por Primer Año de Compra - Intendencia de Salto
Última actualización: 02/10/2018 - Próxima actualización: 31/03/2019Los organismos de la Administración Central no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados (Decreto N° 177/013).
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¿Qué es?
Es el trámite por el cual se solicita exoneración de impuesto al baldío por primer año de compra.
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¿De quién depende?
- Intendencia de Salto
- Intendencia de Salto
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¿Dónde y cuándo se realiza el trámite?
Presencial:
- Dirección: Juan Carlos Gómez Nº 32.
- Teléfono: 47329898.
- Horario de atención: Lunes a viernes de 09:15 a 16:15 horas.
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- Salto, Intendencia de Salto. Oficinas Centrales.
- Dirección: Juan Carlos Gomez 32
- Horario: Lunes a Viernes 9:15 a 16:15
- Teléfono: 47329898
- Email: info@salto.gub.uy
- Salto, Intendencia de Salto. Oficinas Centrales.
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¿Qué se necesita para realizarlo?
Requisitos para la realización presencial:
- Estar inscripto en Registro de Contribuyente.
- Se debe solicitar antes del vencimiento del plazo para pago contado.
Documentación:
- Declaración Jurada de Registro de Contribuyente.
- Cédula de Identidad del titular.
- Si actúa en representación - Carta Poder Vigente.
- Acreditar titularidad del inmueble.
- Titulo de Propiedad o Certificado Notarial agregado al expediente.
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¿Cómo se hace?
Presencial:
- Se ingresa la solicitud en Mesa de Entrada Administración y se espera notificación por parte de esta Intendencia.
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Tener en cuenta:
- Costo:
- No tiene.
- Forma de solicitarlo:
- Presencial.
- Otros datos de interés:
- Costo:
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0800 INFO (4636)
*463 para celulares de ANTEL
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