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Última actualización: 12/12/2023
FLORIDA - Intendencia

Fraccionamiento y/o modificación de propiedad horizontal - Florida

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es una opción de fraccionamiento creada para edificios o departamentos, se aplica para cualquier tipo de construcción.

Requisitos

Documentación que se necesita para realizar el trámite:

  • Nota dirigida al Sr. Intendente que esté firmada por todos los propietarios del predio a fraccionar.
  • Cédula Catastral.
  • Certificado Notarial que acredite propiedad del bien con el correspondiente Timbre Notarial.
  • Fotocopia de recibo de Contribución Inmobiliaria al día.
  • Croquis o Plano realizado de acuerdo a los recaudos gráficos establecidos en la Ordenanza vigente, firmados por el Agrimensor que interviene y con el correspondiente Timbre Profesional.
  • Plano de la localidad donde se indique la ubicación del predio.

Importante:

  • Debe intervenir un Ingeniero Agrimensor registrado ante la División de Agrimensura.
  • Debe de estar de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Fraccionamientos vigente.
  • En caso de existir construcciones en el predio, deben tener el correspondiente Permiso de Construcción.

Otros datos de interés

  • Cuando la aprobación del fraccionamiento exija proveer o independizar servicios de saneamiento, o pluviales, así como la conexión de agua y/ o corriente eléctrica, los mismos deben de ser realizados a costo del interesado.
  • En el caso del Timbre Notarial que se solicita, éste debe estar adjunto al Certificado Notarial que se debe presentar.
  • En el caso del Timbre Profesional que se requiere, es el que debe estar presente en el plano correspondiente.

Costos

  • Tasa por gestión, se debe de abonar al inicio del trámite.
  • Derechos de fraccionamiento de acuerdo a lo establecido a la Ordenanza de Construcciones vigente que deberá abonarse al momento de la expedición del permiso correspondiente.

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Cómo se hace?

    En persona

    1. Se debe concurrir a la Intendencia de Florida, Municipios o Juntas Locales.
    2. Se presenta la Nota dirigida al Sr. Intendente con los datos que correspondan al trámite que se desea realizar.
    3. Con estos datos se creará un Expediente al cual se le asigna una serie de números, los que el interesado utilizará para realizar el seguimiento a su trámite.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    • En la ciudad de Florida:
      • Edificio Comunal de la Intendencia de Florida.
      • Dirección: Independencia 586.
    • En otras localidades:
      • Se puede dar comienzo al trámite en Municipios u Oficinas Locales.
      • Horario de atención al Público invierno de 10:15 a 15:30 horas.
      • Horario de verano de 8.15 a 13.30 horas.
      • Por mas información, comunicarse al Teléfono (4352) 5161 Interno 174.
    • Florida, Casupá
      • Dirección: Jose Pedro Varela 998 - Municipio de Casupá.
      • Horario: De lunes a viernes de 10:15 a 16:15.
      • Teléfono: 4311 2071.
    • Florida, Fray Marcos.
      • Dirección: Artigas 777 - Municipio de Fray Marcos.
      • Horario: De lunes a viernes 10:15 a 16:15.
      • Teléfono: 4311 6009.
    • Florida, Sarandí Grande.
      • Dirección: Dr. Alfredo San Juan 902 - Municipio de Sarandí Grande.
      • Horario: De lunes a viernes 10:15 a 16:15.
      • Teléfono: 4354 9044.
  • Enlaces relacionados

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