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Última actualización: 16/01/2024
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - Dirección General de Servicios Agrícolas

Solicitud de registro de alimentos para animales

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es el trámite obligatorio que debe realizar toda persona física o jurídica que produzca, mezcle, procese o importe alimentos para animales, (a excepción de productos animales o vegetales naturales sin mezcla ni industrialización) con vistas a su comercialización dentro del territorio nacional.

Requisitos

  • Se debe contar con usuario y contraseña para operar con servicios de DGSA.
  • Contar con registro vigente en el RUO (Registro Único de Operadores) del registrante y del técnico
  • En el caso de alimentos importados:
    1. se deberá adjuntar el certificado de libre venta en el país de origen, emitido por la autoridad oficial competente apostillado o legalizado en el Consulado uruguayo correspondiente, emitido en el correr del último año.
    2. si son alimentos para rumiantes (a excepción de los alimentos sin mezcla) deberá indicarse en el libre de venta o en otro documento, que la planta tiene implementadas las Buenas Prácticas de Elaboración, con certificación por el organismo oficial competente, o avalado por el mismo, indicando organismo certificador.
    3. si son alimentos para caninos y felinos que contengan harina de carne u otros concentrados proteicos de origen rumiante, deberá realizarse previo al registro, el trámite de aprobación en la División Industria Animal.
  • La etiqueta del producto para comercializar en Uruguay debe indicar lo establecido en el Decreto Nº 328/993. Para el caso de alimentos importados se deberá adjuntar además la etiqueta de comercialización en el país de origen.
  • Deberán completarse todas las pestañas de la plataforma con la información requerida allí y adjuntar los documentos que se solicitan.

Acceda al Manual para uso de la plataforma web, acceso a plataforma para realizar registros de productos, notas de pago y normativa.

Otros datos de interés

Iniciar trámite en línea

Costos

  • $7343.
  • Timbre profesional para Informe Técnico:
    • $570 (01-01-2024 al 30-06-2024)
    • $590 (01-07-2024 al 31-12-2024)

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. Ingresar a la aplicación:
      • Usuario: RUT de la empresa
      • Contraseña: la solicitada para uso de servicios en línea de la DGSA

    La primera vez que se ingresa, la aplicación no muestra ningún tipo de menú. Posteriormente a que tanto el usuario de la empresa, como el usuario del asesor técnico ingresaron a la aplicación por primera vez se debe enviar un mail a dgssaa.dica@mgap.gub.uy, solicitando los permisos necesarios para operar en el sistema. Por consultas sobre usuarios dirigirse al Departamento de Administración de la DGSA (tel: 23098410 int 131).

    1. Seleccionar el Formulario correspondiente según tipo de alimento:
      • Formulario A1: Alimentos balanceados, complementarios, concentrados energéticos, concentrados proteicos, mezclas de granos, suplementos de pasturas, sustitutos lácteos
      • Formularios A2A:  Materias primas vegetales y minerales que tienen una norma de composición establecida: Subproductos de girasol. Subproductos de lino, Subproductos de trigo. Subproductos de soja. Subproductos de cebada. Subproductos de maíz. Fuentes de Calcio.
      • Formulario A2B: Fosfatos y harinas  de origen rumiante y harinas de pescado que tienen una norma de composición establecida.
      • Formulario A3: Otras materias primas de origen vegetal o animal que no tienen norma pre establecida. Levadura inactiva.
      • Formulario  A4: Aditivos no nutricionales y coadyuvantes de elaboración.
      • Formulario A5: Sales minerales. Minerales (menos fosfatos y carbonatos). Aminoácidos. Vitaminas. Núcleos y premezclas. Fuentes de Nitrógeno no proteico.
    2. Completar el formulario, teniendo en cuenta:
      • En la pestaña denominada “Ingredientes y Composición” los mismos se ingresarán desde las listas desplegables, y deberán corresponderse con lo descrito en la etiqueta adjunta en la pestaña “Etiqueta”.
      • En la pestaña “Firmas” la empresa debe poner el usuario del técnico (CI en formato 1234567-8).
      • En la pestaña “Documentación”, se debe adjuntar el certificado de libre venta y los demás documentos que corresponda.
      • Todos los documentos que se adjunten deberán leerse claramente.
    1. La solicitud se debe completar entre el usuario de la empresa y el del técnico. La empresa completa, lo envía por primera vez y llega a su técnico quién debe revisarlo (corregir y/o completar lo que corresponda) y devolver (enviar) a la empresa que al enviarlo por segunda vez llegará a la Tesorería de la DGSA. Puede ver la historia del trámite desde el botón con forma de reloj en la opción Bandeja de Salida del menú.
    1. Una vez que en la historia del trámite dice “Notificación y solicitud de pago”, se debe realizar el pago en forma presencial, en caja de DGSA adjuntando nota que mencione el nombre del registro, en donde se adjuntarán los timbres profesionales correspondientes. Ver notas AQUÍ
    1. Una vez realizado el pago, el trámite pasará a la bandeja de entrada de los técnicos de la DGSA para su estudio.
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