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Última actualización: 21/12/2023
Ministerio de Industria, Energía y Minería - Dirección Nacional de Industrias

Importación de partes de bienes de capital con beneficios

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es una licencia que habilita ante la Dirección Nacional de Aduanas (DNA) a realizar la importación de partes de bienes de capital con beneficios arancelarios, según Decreto N°487/983 sobre Bienes de Capital.

Requisitos

  • Contar con usuario del sistema (se envía por correo al aprobar el registro de clientes).
  • Factura de compras en país de origen.
  • Catálogo técnico del bien de capital y parte a importar. En caso de no adjuntarlo, el técnico podrá solicitarlo en los casos que considere.
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