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Última actualización: 01/03/2024
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - Dirección General de Servicios Ganaderos

Solicitud de habilitación o de renovación de Industrias Lácteas

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es el trámite mediante el cual el Departamento Control Sanitario de Lácteos (DCSL) del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca (MGAP) habilita desde el punto de vista higiénico sanitario a los establecimientos de recepción, estandarización, tratamiento y transformación de leche y productos lácteos.

Requisitos

  • Formulario RGIND01. Solicitud de habilitación y/o renovación de establecimientos elaboradores de productos lácteos, completo y firmado.
  • Listado de remitentes de leche cruda incluyendo validez de la refrendación ante el MGAP.
  • Manual de Buenas Prácticas de Manufactura que incluya como mínimo los siguientes puntos:
    • Diseño, construcción y mantenimiento de las Instalaciones. Emplazamiento. Edificaciones exteriores e interiores. Servicios. Planos con flujo de insumos, producto, personal y residuos.
    • Equipos y utensilios. Descripción, plan de mantenimiento y de calibración.
    • Control de las operaciones.
  • Descripción de los procesos de elaboración:
    • Control de la materia prima, ingredientes, materiales de envasado, productos químicos y sustancias tóxicas (recepción, almacenamiento y utilización).
    • Control de producto. Criterios de aceptación o rechazo. Tratamiento del producto no conforme. Control de microrganismos patógenos en producto, superficies de contacto con el producto y ambiente.
    • Procedimientos de identificación, trazabilidad y recupero (recall) de los productos.
    • Procedimientos de manejo de residuos sólidos y líquidos.
    • Procedimientos generales y particulares de limpieza y desinfección. Procedimientos específicos. Frecuencia. Productos utilizados. Monitoreo. Verificación. Personal involucrado.
    • Higiene y salud del personal, Carné de salud, aseo personal, indumentaria de trabajo, prácticas higiénicas, visitas.
    • Programa de capacitación del personal en Buenas Prácticas.
    • Programa de Calidad del agua. Abastecimiento, Almacenamiento y Distribución. Monitoreo y verificación de la potabilidad. Cloración. Límites tolerados. Medidas correctivas.
    • Programa de Control de plagas. Responsable de su ejecución (Habilitación, capacitación). Productos utilizados. Frecuencia de aplicación. Frecuencia de monitoreo. Planos con trampas y cebos, Acciones correctivas.

Otros datos de interés

  • En caso de que la empresa habilitada requiera una autorización de exportación, se contemplarán requisitos especiales según exigencias del país de destino.
  • Vigencia de la habilitación de industria láctea: 1 año, pudiéndose renovar hasta por el plazo de 2 años, siendo en todos los casos de carácter revocable.

Costos

  • 165.00 $
  • Tarifa de habilitación cuando sea planta exportadora (preguntar):
    • Teléfonos: (00598) 2220 4000 Internos: 152 120 / 152 121 / 152 122.
    • Administración: Interno 152 124.

Vías disponibles para realizar el trámite

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